El plazo en días en la materia Tributaria
Palabras clave:
Derecho Tributario, Plazos Administrativos, Administración Pública, Autonomía NormativaResumen
El texto analiza las diferencias en el cómputo de plazos entre la Administración Pública General y la Administración Tributaria en Costa Rica. Mientras la primera utiliza días hábiles para los particulares y naturales para la Administración, el régimen tributario establece que todos los plazos se computan en días hábiles, tanto para los contribuyentes como para la Administración, conforme al artículo 10 del Código Tributario. Esta distinción responde a la autonomía normativa del Derecho Tributario y tiene implicaciones prácticas en la duración y cumplimiento de los procedimientos administrativos.
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Publicado
2019-10-01
Cómo citar
Monge Loaiza, D. M. (2019). El plazo en días en la materia Tributaria. Entre Contadores, 2(2). Recuperado a partir de https://revistas.uca.ac.cr/index.php/EntreContadores/article/view/22
Número
Sección
Artículos